jueves, 12 de mayo de 2011

Nueva ley obliga a nucleares a tener un único titular y eleva indemnizaciones

Por primera vez, la ley ampliará la responsabilidad civil del operador a los daños contra el medio ambiente, no sólo a las personas y bienes, y establece que el período de reclamación será de 30 años para los daños a personas y de 10 años para el resto (el período actual es de 10 años de forma general).

Además contempla que la responsabilidad civil sea "objetiva", es decir, con independencia de que exista o no culpa (dolo), esta recae sobre el titular de la instalación, ha resaltado Alique.

Una vez entre en vigor la ley, ha explicado a Efe el diputado del PSOE, también se obligará a las centrales nucleares a tener un único titular, de modo que habrán de crear una sociedad anónima en el que uno de los propietarios sea el mayoritario.

Hoy, se conceden tantas autorizaciones como copropietarios tenga la central (por ejemplo Trillo tiene cuatro).
A juicio de Alique, esta modificación comporta una vinculación mucho más clara entre la compañía eléctrica y la central, y además les obliga a llevar una única contabilidad en lugar de varias separadas.

Tras destacar la necesidad de aprobar esta ley, el portavoz popular, Javier Gómez Darmendrail, ha explicado que hasta hoy no se han originado compensaciones a terceros por daños nucleares, de ahí la falta de experiencia de las aseguradoras de "tarificar de forma rigurosa las pólizas de seguros".

Por esta razón, la nueva legislación "establece un sistema flexible que garantiza la cobertura de riesgos de acuerdo con los convenios internacionales" suscritos por España.
Gómez sí ha criticado que el Ministerio de Industria "acapare" competencias propias del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).




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